En relación con lo establecido en el
Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, las solicitudes de autorización para la organización de este tipo de pruebas:
Deberá contener como mínimo:
- Nombre y apellidos del solicitante.
- Nombre del Club, Entidad o Empresa organizadora.
- Representación que ostenta (Presidente, Vicepresidente, Secretario, etc..)
- Pequeña memoria descriptiva de la actividad a organizar.
- Periodo de tiempo para el que se solicita la autorización (desde el inicio del montaje en su caso, hasta la recogida de los materiales)
- Aforo de personas permitido y horario de apertura al público en su caso.
- Documentación que se adjunta.
Se aportará obligatoriamente:
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Copia de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil en vigor con los mínimos establecidos en el Decreto 109/2005, de 26 de Abril, de la Junta de Andalucía (B.O.J.A. Número 92, de 13 de Mayo de 2.005).
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En caso de que para la celebración de la prueba o actividad se precise utilizar estructuras desmontables o portátiles, éstas deberán cumplir la normativa ambiental vigente que les sea de aplicación y reunir las necesarias condiciones técnicas de seguridad, higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad para las personas, y ajustarse a las disposiciones establecidas sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios y, en su caso, al Código Técnico de Edificación. Estas condiciones se deberán acreditar mediante la presentación del proyecto de instalación y certificado de seguridad y solidez realizados por personal técnico competente y visados por su Colegio Profesional, acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad previstas en el párrafo anterior, y sin perjuicio de presentar el justificante de la vigencia del contrato de seguro.
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En el caso de que la actividad se desarrolle en vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, la solicitud se deberá presentar con un mínimo de 30 días de antelación a la celebración de la prueba y deberá de ir acompañada de la siguiente documentación:
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Permiso de organización y reglamento de la prueba expedido y sellado, por la Federación Deportiva Andaluza correspondiente.
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Memoria descriptiva del evento, donde se especifique, en los casos que proceda, lo siguiente:
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Nombre de la actividad, fecha de celebración y, en su caso, número cronológico de la edición.
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Croquis preciso del recorrido, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos lugares del recorrido y promedio previsto tanto de la cabeza de la prueba o evento como del cierre de ésta.
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Identificación de las personas responsables de la organización, concretamente de la persona que se ocupe de la dirección ejecutiva y, cuando proceda, de la persona responsable de seguridad vial, que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado.
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Número aproximado de participantes previstos.
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Proposición de medidas de señalización de la prueba o evento y del resto de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles lugares peligrosos.
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Plan de emergencia y autoprotección, para asegurar, con los medios humanos y materiales de que dispongan, la prevención de siniestros y la intervención inmediata en el control de los mismos. En el caso de pruebas deportivas, además, se requerirá informe técnico de la Federación Deportiva Andaluza que corresponda sobre la adecuación técnico deportiva de la competición, suficiencia e idoneidad de los medios de seguridad, asistencia médica, evacuación y extinción de incendios para caso de accidente.
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Informe favorable de la Administración Pública titular de la vía, sobre la viabilidad de la prueba o evento y, en el supuesto de utilizar espacios, vías o terrenos de titularidad privada, autorización de sus titulares.
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En los casos en que la competencia para autorizar la prueba o evento recaiga en la Administración de la Junta de Andalucía, informe favorable en materia de seguridad vial de los Ayuntamientos de los municipios afectados por el desarrollo del evento, a los que previamente la empresa o entidad organizadora o promotora habrá remitido duplicado de la documentación prevista en los párrafos a), b) y c).
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Informe favorable de la Consejería competente en materia de medio ambiente cuando el evento se desarrolle, en todo o en parte, en espacios naturales protegidos, terrenos forestales o vías pecuarias.
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Documento acreditativo del pago de la tasa de tramitación que, en su caso, se establezca.